HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Contrato AR- SAT

VISTO:
La ley XVI Nº 46 y la nota Nº 1225/12 presentada por la empresa AR-SAT en el DEM.

Y CONSIDERANDO:
Qué con el fin fortalecer la inclusión digital en la REPUBLICA ARGENTINA, mediante el Artículo 1° del Decreto N° 1552 de fecha 21 de octubre de 2010 se creó el PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA", en adelante "ARGENTINA CONECTADA", el cual tiene como ejes estratégicos la inclusión digital; la optimización del uso del espectro radioeléctrico; el desarrollo del servicio universal; la producción nacional y generación de empleo en el sector de la telecomunicación; la capacitación e investigación en tecnologías de las comunicaciones, la infraestructura y conectividad; y el fomento a la competencia;

Qué el decreto mencionado precedentemente, en su artículo 7°, ha declarado de interés público la RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA, en adelante "REFEFO" o "RED DE TELECOMUNICACIONES";

Qué será desarrollada e implementada por la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANÓNIMA – AR-SAT, la cual contempla las obras de infraestructura necesarias para tal fin;

Qué la "RED DE TELECOMUNICACIONES" prevé el desarrollo de más de 55.000 kilómetros de fibra óptica, y su infraestructura permitirá brindar conectividad de alta capacidad a la Administración Pública en sus distintos niveles, como así también a escuelas, bibliotecas, centros de salud, seguridad, entre otros.

Qué dicho despliegue comprenderá redes troncales, provinciales y metropolitanas y la capilaridad suficiente para llevar la fibra a cada ciudad del territorio Nacional, a cuyo efecto se requerirá la instalación de equipamiento de telecomunicaciones a lo largo del trayecto de la fibra óptica, en adelante los "NODOS";

Qué a los fines de dicha implementación resulta indispensable disponer de un terreno en nuestro ejido municipal en donde se instalaran un "NODO". Adjuntamos planos del mismo a la presente;

Qué atento a los análisis preliminares efectuados por los organismos técnicos competentes a los fines de la instalación del (los) "NODO/S", y considerando los tiempos de ejecución del proyecto, la "MUNICIPALIDAD" ha remitido una autorización expresa prestando conformidad para la instalación del "NODO" en nuestra localidad;

Qué resultaría estratégico que la "MUNICIPALIDAD" conceda a AR-SAT el derecho de uso temporal (sin cargo) del terreno precedentemente mencionado donde se instalara el "NODO", cuya titularidad corresponde a la misma conforme la certificación de dominio que como ANEXO I se adjunta;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar y firmar el CONTRATO DE USO GRATUITO con EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANÓNIMA (AR-SAT) del terreno de una superficie aproximada de 100 m2 (10 x 10 m aprox.) Ubicado en circunscripción 2, sector 1, chacra 14 y 15, parcela 1. .

Artículo Nº 2: Este contrato mantendrá su vigencia por el término de VEINTE (20) años a partir de la fecha de aprobación y suscripción, prorrogables automáticamente con la conformidad expresa y escrita de ambas partes por periodos sucesivos de DIEZ (10) años salvo notificación en contrario de cualquiera de las "PARTES", que deberá realizarse con una antelación de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles en los domicilios denunciados en el presente.

El contrato de uso Gratuito caducará si no se hace uso de ella mediante la ejecución de las obras respectivas, durante el plazo de 5 años computados desde la fecha de suscripto el presente.

Vencido el plazo indicado y de sus prorrogas, o el plazo de caducidad, el Municipio recobrará el dominio pleno del predio afectado. A ese efecto, se deja constancia que los elementos, componentes y accesorios que conforman el "NODO" son de propiedad de AR-SAT y ésta podrá disponer libremente de ellos de acuerdo a lo que, en su momento, se planifique.

Articulo Nº 6: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 12 de diciembre del año 2012. -