Adj. en venta Amaro San Martin
VISTO:
Expte 43154/51, Expediente 298-99, plano Nº 18043, Ordenanza Municipal Nº 067/10, dictamen legal de fecha 10/03/11 y Ley XVI Nº 46.-
Y CONSIDERANDO:
Qué se cuenta con plano registrado del lote 12 de este ejido municipal, de ocupación de los Sres. Silvia San Martín, Amaro San Martín, Luís Humberto San Martín y Horacio San Martín;
Qué a fin de dar continuidad a la regularización dominial de las fracciones 3, 4, 5 y 6, del lote 12 se accede a adjudicar en venta;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Adjudicar en venta al Sr. Amaro San Martín DNI nº 12.194.165 la fracción 4 del lote 12 de una superficie de 2 ha, 32 a, 36 cas. -
Artículo Nº 2: Si el adjudicatario en venta y/o titular dominial vendiere y/o cediere total o parcialmente, en forma onerosa o gratuita, la tierra fiscal regularizada dentro del plazo de diez años a contar de la adjudicación en venta, perderá los beneficios, que otorga la presente en cuanto a los descuentos que establece el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH, debiendo reintegrar dicho monto al municipio con más el interés del banco del Chubut SA para descuento de documentos. -
En caso de transmisión mortis causa dentro del plazo de los 10 años no perderá el beneficio otorgado en el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH. -
Artículo Nº 3: Se hace saber al Adjudicatario en venta que ésta ordenanza caducará automáticamente si no diere cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Nº 5, de la Ordenanza Municipal Nº 066/2009. -
Artículo Nº 4: Déjese constancia en oportunidad de otorgarse el título de propiedad lo normado en el artículo 6º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09, inciso c.
Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 06 de Abril del año 2011. -