Prorroga FFS
VISTO:
Ordenanza Municipal Nº 088/10 y la Ley XVI Nº 46;
Y CONSIDERANDO:
Qué dicha Ordenanza, que reglamenta el uso de fondos derivados del Fondo Federal Solidario, no ha sido puesta en marcha;
Qué se encuentra próximo el plazo que ofrecía para que las Juntas Vecinales presentaran un listado "consensuado por asamblea, de obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales a priorizar en su jurisdicción, entre el 2 de enero y el 30 de junio de cada año"
Qué este cuerpo debería crear los mecanismos para que una propuesta de estas características, que apela a la solidaridad y a la participación de la ciudadanía en estamentos que hacen a la mejora de la vida comunitaria no quede sin efecto;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Modificar el Artículo Nº 1 de la Ordenanza Municipal Nº 088/2010 donde dice que las "Juntas Vecinales de la localidad de El Hoyo que estén formalmente constituidas según las ordenanzas vigentes, podrán cada año presentar al DEM un listado, consensuado por asamblea, de obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales a priorizar en su jurisdicción, entre el 2 de enero y el 30 de junio de cada año", prorrogando dicho plazo al día 30 de agosto. -
Artículo Nº 2: Reglamentar los mecanismos que garanticen la correcta distribución y ejecución de los fondos, así como los mecanismos de elección de las obras a realizar con el fin de fortalecer la participación ciudadana en la toma de decisiones desde el ámbito de las comisiones vecinales. -
Artículo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 29 de Junio del año 2011.