Adj. en venta Susana Aillapán
VISTO:
Nota recibida Nº 231/11, Resolución Municipal Nº 241/11, Ordenanza Municipal Nº 050/11, dictamen legal de fecha 08/09/11 y Ley XVI Nº 46.-
Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Resolución Nº 241/11 se reconoce a la Sra. Susana Noemí Aillapán DNI Nº 30.013.519, como ocupante de la fracción de tierra fiscal identificada como lote 12, de la manzana 1 del Bº El Sauzal, circunscripción 1, sección 3, ejido 12 de El Hoyo, de una superficie aproximada de cuatrocientos cuarenta y ocho metros cuadrados;
Qué mediante Ordenanza Municipal Nº 050/11 se ratifica la antes citada Resolución;
Qué según nota mencionada en vistos la Sra. Susana Noemí Aillapán solicita la adjudicación en venta;
Qué no existe obstáculo alguno por parte del HCD para acceder a dicho pedido;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Adjudicar en venta a la Sra. Susana Noemí Aillapán DNI Nº 30.013.519 la fracción de tierra fiscal identificada como lote 12, de la manzana 1 del Bº El Sauzal, circunscripción 1, sección 3, ejido 12 de El Hoyo, de una superficie aproximada de cuatrocientos cuarenta y ocho metros cuadrados. -
Artículo Nº 2: Si el adjudicatario en venta y/o titular dominial vendiere y/o cediere total o parcialmente, en forma onerosa o gratuita, la tierra fiscal regularizada dentro del plazo de diez años a contar de la adjudicación en venta, perderá los beneficios, que otorga la presente en cuanto a los descuentos que establece el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH, debiendo reintegrar dicho monto al municipio con más el interés del banco del Chubut SA para descuento de documentos. -
En caso de transmisión mortis causa dentro del plazo de los 10 años no perderá el beneficio otorgado en el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH. -
Artículo Nº 3: Se hace saber al Adjudicatario en venta que ésta ordenanza caducará automáticamente si no diere cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Nº 5, de la Ordenanza Municipal Nº 066/2009. -
Artículo Nº 4: Déjese constancia en oportunidad de otorgarse el título de propiedad lo normado en el artículo 6º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09, inciso c.
Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 14 de Septiembre del año 2011. -