Adj. en venta Pablo Marino
VISTO:
Nota recibida Nº 209/11, Ordenanza Municipal Nº 067/11, dictamen legal de fecha 08/09/11 y Ley XVI Nº 46.-
Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Resolución 283/11 se reconoce al Sr. Pablo Hernán Marino DNI Nº 25.162.195 como ocupante de la fracción de tierra fiscal identificada como parcela 1, chacra 25, circunscripción 2, sector 4, ejido 12, paraje El Pedregoso, de una superficie de 3228,18 metros cuadrados;
Qué según nota mencionada en vistos el sr. Pablo Hernán Marino solicita la adjudicación en venta;
Qué no existe obstáculo alguno por parte del HCD para acceder a dicho pedido;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Adjudicar en venta al Sr. Pablo Hernán Marino DNI nº 25.162.195 la fracción de tierra fiscal identificada como parcela 1, chacra 25, circunscripción 2, sector 4, ejido 12, paraje El Pedregoso, de una superficie de 3228,18 metros cuadrados. -
Artículo Nº 2: Si el adjudicatario en venta y/o titular dominial vendiere y/o cediere total o parcialmente, en forma onerosa o gratuita, la tierra fiscal regularizada dentro del plazo de diez años a contar de la adjudicación en venta, perderá los beneficios, que otorga la presente en cuanto a los descuentos que establece el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH, debiendo reintegrar dicho monto al municipio con más el interés del banco del Chubut SA para descuento de documentos. -
En caso de transmisión mortis causa dentro del plazo de los 10 años no perderá el beneficio otorgado en el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH. -
Artículo Nº 3: Se hace saber al Adjudicatario en venta que ésta ordenanza caducará automáticamente si no diere cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Nº 5, de la Ordenanza Municipal Nº 066/2009. -
Artículo Nº 4: Déjese constancia en oportunidad de otorgarse el título de propiedad lo normado en el artículo 6º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09, inciso c.
Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 14 de septiembre del año 2011. -