Adj. en venta Andres Cartasegna
VISTO:
Nota recibida Nº 241/11, Expte Nº 113263/36, Ordenanza Municipal Nº 065/11 y 066/11, dictamen legal de fecha 08/09/11 y Ley XVI Nº 46.-
Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Ordenanza Municipal Nº 065/11 se autoriza la cesión de derechos realizada entre los Sres. Norma Beatriz Riquelme DNI Nº 17.380.978, Raúl Rafael Riquelme DNI N° 12.765.857, Lidia Ester Riquelme DNI N° 12.309.278 y el Sr. Roberto Andrés Cartasegna DNI Nº 24.778.352 de fecha diecisiete de agosto del año dos mil diez;
Qué según nota mencionada en vistos el sr. Roberto Andrés Cartasegna y que cuenta con plano de mensura registrado ante el órgano correspondiente;
Qué no existe obstáculo alguno por parte del HCD para acceder a dicho pedido;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Adjudicar en venta al Sr. Roberto Andrés Cartasegna DNI Nº 24.778.352 la fracción de tierra fiscal identificada como chacra 5, parcela 3, circunscripción 4, sector 2, ex lote 38.
Artículo Nº 2: Si el adjudicatario en venta y/o titular dominial vendiere y/o cediere total o parcialmente, en forma onerosa o gratuita, la tierra fiscal regularizada dentro del plazo de diez años a contar de la adjudicación en venta, perderá los beneficios, que otorga la presente en cuanto a los descuentos que establece el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH, debiendo reintegrar dicho monto al municipio con más el interés del banco del Chubut SA para descuento de documentos. -
En caso de transmisión mortis causa dentro del plazo de los 10 años no perderá el beneficio otorgado en el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH. -
Artículo Nº 3: Se hace saber al Adjudicatario en venta que ésta ordenanza caducará automáticamente si no diere cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Nº 5, de la Ordenanza Municipal Nº 066/2009. -
Artículo Nº 4: Déjese constancia en oportunidad de otorgarse el título de propiedad lo normado en el artículo 6º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09, inciso c.
Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 14 de septiembre del año 2011. -