Mensura Rimoldi
VISTO:
El Expediente Nº 070/99, referido a parte del lote 40 de éste ejido Municipal; Y la ley XVI Nº 46.-
Y CONSIDERANDO:
Qué existe acta de inspección realizada por el Area de Tierras de la Municipalidad el día 24 de noviembre, por la que se constata la ocupación efectiva de la Sra Rimoldi, efectuándose croquis de relevamiento y conformidad de linderos;
Qué según dictamen legal de asesor del HCD, no existen objeciones para autorizar la mensura correspondiente;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Autorizar a la Sra. María Cecilia Rimoldi DNI Nº 12.708.799, a mensurar la superficie aproximada de 5 hectáreas, 61 áreas, 76 centiáreas, en parte del lote 44 y parte del lote 41, circunscripción 4, sector 2, de éste ejido municipal.
Artículo Nº 2: Dicha autorización tiene un plazo de 6 meses para realizar la mensura a partir de la promulgación de presente ordenanza, renovable por idéntico plazo a solicitud de la persona interesada.
Artículo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 17 de Febrero del año 2010.