Adhesión ley de Consumidor
VISTO:
La necesidad de Adherir a la Ley Nº 5830, modificatoria de la ley 4219 de la Provincia del Chubut, referida a la adhesión a la ley Nacional 26361 de Defensa del Consumidor y la Ley XVI Nº 46;
Y CONSIDERANDO:
Qué mediante la precitada ley en su artículo Nº 3 se establece que los municipios que adhieran en forma expresa a dicha ley podrán ejercer las facultades de control y vigilancia de las disposiciones de la ley nacional;
POR ELLO Y:
En una de sus facultades que le son propias:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: ADHIÉRASE en todos sus términos a la Ley Nº 5830, modificatoria de la Ley 4219 de la Provincia del Chubut, referida a la adhesión a la Ley Nacional Nº 26361, de Defensa del Consumidor, cuyo texto se adjunta a la presente como anexo I.
Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 17 de Febrero del año 2010. -