HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Derogar Ordz. 63/ 2003

VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 063/2003-HCD MEH, relacionada a la adjudicación de un lote, ubicado en el Parque Industrial de esta localidad, al Sr. Pablo Filippi, y la ley Nº 4.115- y la Ley XVI Nº 46;

Y CONSIDERANDO:
Qué la mencionada normativa fue sancionada en fecha 09/10/03 y en concordancia con las ordenanzas Nº 029/95 y 034/01, donde se establecen plazos para la ejecución del proyecto referido en la misma;

Qué desde la fecha establecida en dicha ordenanza, hasta la actualidad no existe en el espacio destinado como lote Nº 14, infraestructura alguna, ni presencia de persona alguna;

Qué el incumplimiento del artículo 1º de la ordenanza 063/03 por parte del Sr. Pablo Filippi, ha sido constatada mediante acta de inspección realizada por el Departamento de Inspectoría Municipal;

Qué no existe constancia de pago de tributos algunos en relación al terreno;

Qué en forma reiterada ingresan proyectos de vecinos de la localidad para la realización de emprendimientos, sin que los mismos se puedan llevar a cabo por la falta de terrenos o predios en el parque industrial de esta localidad;

Qué la finalidad, de la ordenanza Nº 063/2003, fue incentivar la producción de la localidad, y a la fecha no se encuentra constatado que el Sr. Pablo Filippi, haya realizado emprendimiento alguno en el lote objeto de la misma;

POR ELLO Y:
En una de sus facultades que le son propias:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Deróguese en todos los términos la Ordenanza Nº 063/2003. -

Artículo Nº 2: Instrúyase al Departamento de Inspectoría Municipal a fin de que se notifique al Sr. Pablo Filippi de la sanción de la presente Ordenanza.

Artículo Nº 3: Instrúyase al Departamento de Inspectoría Municipal a fin de que intime en el acto de notificación al Sr. Pablo Filippi, a retirar los elementos que acredite sean de su propiedad en el término de diez (10) días, a partir de la notificación de la presente.

Artículo Nº 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 17 de Marzo del año 2010. -