Adj. en venta Gastón Maas
VISTO:
La nota recibida Nº 505/10, Expediente administrativo N° 114.203/97, Ordenanza Municipal N° 069/2010; Y la ley XVI N° 46.-
Y CONSIDERANDO:
Qué según Ordenanza Municipal N° 069/2010, refrenda en todos sus términos la Resolución Municipal N° 409/10, en la cual se reconoce al Sr. Gastón Matías Maas como ocupante por sí y por su hermana Aluminé Maas, menor de edad conforme lo declarado, sobre la fracción de tierras identificada como parcela 4, chacra 13, circ. 4, sector 2, ex lote 42 A, de una superficie de 04 hectáreas, 83 áreas, 00 centiáreas, según plano de mensura n° 12759, expte P-230-90;
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo continuar con los trámites correspondientes tendientes a la regularización territorial del sr. Gastón Maas;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Adjudicar en venta al Sr. Gastón Matías Maas DNI Nº 27.950.772 por sí y por su hermana Aluminé Maas DNI Nº 40.922.540, la superficie de tierra identificada como parcela 4, chacra 13, circ. 4, sector 2, ex lote 42 A, de una superficie de 04 hectáreas, 83 áreas, 00 centiáreas, según plano de mensura N° 12759, expte P-230-90.
Artículo Nº 2: Si el adjudicatario en venta y/o titular dominial vendiere y/o cediere total o parcialmente, en forma onerosa o gratuita, la tierra fiscal regularizada dentro del plazo de diez años a contar de la adjudicación en venta, perderá los beneficios, que otorga la presente en cuanto a los descuentos que establece el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH, debiendo reintegrar dicho monto al municipio con más el interés del banco del Chubut SA para descuento de documentos. -
En caso de transmisión mortis causa dentro del plazo de los 10 años no perderá el beneficio otorgado en el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH. -
Artículo Nº 3: Se hace saber al Adjudicatario en venta que ésta ordenanza caducará automáticamente si no diere cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Nº 6, de la Ordenanza Municipal Nº 066/2009. -
Artículo Nº 4: Déjese constancia en oportunidad de otorgarse el título de propiedad lo normado en el artículo 5º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09, inciso c.
Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 06 de Septiembre del año 2010. -