HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Mod. Art. 5 Odrz. 66/2009

VISTO:
Ordenanza Municipal Nº 066/09, Y la ley Provincial XVI –Nº 46.-

Y CONSIDERANDO:
Qué la ordenanza mencionada en visto, se establecen restricciones para poder vender o transferir la tierra fiscal que se adjudica en venta;

Qué este cuerpo legislativo entiende que el espíritu de esta normativa se estableció para tierras fiscales del área rural del ejido municipal con el fin de desalentar la especulación financiera y estimular el desarrollo de actividades productivas o turísticas;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar el artículo Nº 5 de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
• Agréguese al final del inciso c) del artículo mencionado lo siguiente: "Lo dispuesto en este inciso no se aplicará en la zona urbana".

• Agréguese al final del inciso d) del artículo mencionado lo siguiente: "excepto en la zona urbana".

Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 03 de Noviembre del año 2010. -