Producción Organica Impuestos
VISTO:
La ley de Corporaciones Municipales XVI Nº 46 y la declaración de interés de la producción orgánica Nº 021/08, y
Y CONSIDERANDO:
Qué la producción orgánica protege la salud de toda la comunidad, ya sea la del trabajador rural como la de todas las personas que participan de las distintas actividades de la cadena agroalimentaria, así como al ambiente natural que de esta manera no queda expuesto a riegos de contaminación con químicos o cualquier otra sustancia nociva.
Qué dicha protección se extiende a las comunidades que viven aguas abajo de nuestra jurisdicción, contribuyendo en última instancia al bienestar general.
Qué las producciones "convencionales", es decir aquellas que recurren a la utilización de productos potencialmente contaminantes y que además recurren a la modificación artificial de genes, si bien logran obtener rindes y ganancias económicas elevadas, lo hacen a costa, de generar contaminación del ambiente, intoxicaciones agudas y crónicas en personas y animales, aumento de enfermedades degenerativas, malformaciones, disminución de la biodiversidad y la desaparición de la familia rural.
Qué vivimos en valles de relativamente poca superficie, muy subdivididos, con suelos de diversa calidad, pero en general muy frágiles.
Qué aspiramos a que se mantenga el perfil rural de la mayor parte de nuestro ejido municipal.
Qué para ello resulta indispensable lograr un valor agregado a la producción.
Qué nuestra localidad se posicionaría en un lugar distintivo si contara con superficies importantes de producción orgánica, potenciando su atractivo turístico y el interés de posibles inversores en la temática.
Qué nuestra provincia es la que cuenta con mayor superficie bajo manejo orgánico certificado del país, según SENASA, en un reciente informe referido a la situación de la Producción Orgánica en la Argentina.
Qué llevar adelante producciones orgánicas certificadas, implica en general, mayores costos en mano de obra, en algunos casos menor rinde por unidad de superficie, a lo que hay que sumar además el costo de la certificación y de los insumos aptos para usar en este tipo de actividad.
Qué lograr un mayor valor agregado depende en gran medida de obtener volúmenes importantes de producción.
Qué para ello, una de las formas en que el municipio puede estimular estas producciones, es beneficiando impositivamente a los productores que certifican su producción orgánica con empresas reconocidas por SENASA.
Qué promover la producción orgánica certificada agrega valor a los mismos y por lo tanto incrementa la competitividad de los productos y mejora la calidad de vida de los productores de la Provincia del Chubut en general y de la Comarca de los Andes en particular, en forma ambiental, social y económicamente sustentable.
Qué ello constituye un estímulo para la radicación permanente de la familia rural en su ámbito.
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo N° 1: A los fines de la aplicación de esta ordenanza se define como Producción Orgánica a aquella que sea sustentable en el tiempo, que realice un aprovechamiento de los recursos naturales sin el empleo de productos químicos o sintéticos o cualquier otro que pueda afectar negativamente el ambiente en el que desarrollamos nuestras actividades y la salud de las personas.
Artículo N° 2: Solo se permitirá el uso de aquellos productos que SENASA los califique como aptos para ser utilizados en Producción Orgánica.
Artículo N° 3: Los establecimientos que lleven adelante Producciones Orgánicas, certificadas por empresas reconocidas por SENASA, serán beneficiadas a partir del período fiscal 2011, con el 100 % (cien por ciento) de descuento en el impuesto inmobiliario que les corresponde abonar anualmente, sobre la superficie efectivamente certificada.
Artículo N° 4: Para hacer efectivo el descuento establecido en el artículo anterior, la persona responsable del establecimiento deberá presentar anualmente al municipio, los planos avalados por la Certificadora con el detalle de todos los lotes involucrados en la certificación, sobre los que se aplicará el descuento mencionado. También deberá presentar una copia actualizada de la certificación cada año donde conste el reconocimiento oficial de la Certificadora como establecimiento dedicado a la Producción Orgánica. Además los productores no deberán tener deudas con el municipio o deberán estar cumpliendo un plan de pagos acordado previamente.
Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 20 de octubre del año 2010.