Centro de Salud
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 094/2007, la Ordenanza Municipal N° 019/2010 y la Ley XVI N° 46.
Y CONSIDERANDO:
Qué debido al crecimiento demográfico de la localidad y en especial el paraje El Pedregoso y teniendo en cuenta la distancia, es necesario contar en dicho sector con un centro de salud.
Qué de acuerdo a la nota 150/2010, el Sr JOSE ANGEL QUILODRAN manifiesta autorizar que las parcelas 2 y 3 de la chacra 29, sector 2, circunscripción 4 según plano de mensura 25400, P-384-09, sean destinadas a la construcción de dos viviendas de salud y centro de salud.
Qué de acuerdo a la Ordenanza 019/2010, en el Articulo N°1 se ratifica el destino de las parcelas.
Qué es intención de este gobierno municipal brindar un mejor servicio y mejorar la calidad de vida de los vecinos de la localidad.
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Dejar sin efecto la Ordenanza Municipal nº 076/2010.-
Artículo Nº 2: ACEPTAR la donación efectuada por el Sr JOSE ANGEL QUILODRAN, de las parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de la chacra 29, sector 2, circunscripción 4 según plano de mensura 25400, P-384-09. -
Artículo Nº 3: CEDER a la Secretaria de Salud de la Provincia del Chubut las parcelas 2 y 3 de 717,11 m² y 525 m² de superficie respectivamente, de la chacra 29, sector 2, circunscripción 4 según plano de mensura 25400, P-384-09.
Artículo N° 4: La cesión de las parcelas 2 y 3 quedan condicionadas a la construcción de un centro de salud y dos viviendas oficiales de salud, cuya ejecución deberá iniciarse como máximo dentro de los 180 días, contados a partir de la fecha de su promulgación de la presente ordenanza, caso contrario las tierras volverán al dominio de este municipio. -
Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 17 de noviembre del año 2010. -