HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

SUM Colegio 734

VISTO:
La solicitud presentada por la Dirección del Colegio Nº 734 de la Localidad de El Hoyo Y La ley XVI Nº 46;

Y CONSIDERANDO:
Qué el colegio Nº 734 de la Localidad de El Hoyo desarrolla sus actividades en tres turnos;

Qué cuenta con una matrícula de 350 alumnos;

Qué no existen espacios dentro del edificio que puedan contener más de 50 alumnos;

Qué los jóvenes de la Localidad requieren de un espacio adecuado para desarrollar sus actividades áulicas y extra áulicas, tanto culturales, deportivas, curriculares y expresivas;

Qué el Colegio desarrolla actividades culturales que convocan a toda la Localidad y comunidades vecinas, como la Feria del Libro, Feria de Estudios Superiores etc.;

Qué el Gimnasio Municipal local esta saturado por la alta demanda de sus instalaciones;

Qué el Colegio Nº 734 es el único establecimiento de nivel secundario de la Localidad;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACION

Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la Construcción de un Salón de Usos Múltiples anexo al edificio del Colegio Nº 734, a los efectos de cubrir las necesidades de espacio físico de esa comunidad educativa.

Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 05 de Mayo del año 2010.