HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Minas Magri

VISTO:
La nota recibida Nº 386/2010 Y La ley XVI Nº 46;

Y CONSIDERANDO:
Qué según la nota mencionada en vistos los empleados de la Compañía de Minas Magri SA, plantean la problemática que viven por la inestabilidad laboral por la que atraviesan, lo cual es de público conocimiento;

Qué los empleados manifiestan estar en condiciones de poder seguir produciendo y comercializando la producción, hasta tanto se regularice la situación suscitada para así poder seguir manteniendo sus sueldos y la continuidad de dicha Compañía;

Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo realizar las gestiones que sean necesarias con el fin de mantener la estabilidad laborar de los vecinos de nuestra localidad y la continuidad de la empresa como tal;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACION

Artículo Nº 1: DECLARAR el interés del Municipio por la preservación de la fuente laboral de los empleados y consecuentemente la continuidad de la Compañía de Minas Magri S.A., acompañando todas las gestiones que se realicen en pos de que se resuelva la situación planteada. -

Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 11 de Agosto del año 2010.