HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Monotributo Social Efectores

VISTO:
- La ley 3098/88 de Corporaciones Municipales
- El Anexo de la Ley Nacional N° 24.977 y su Decreto Reglamentario 806/2004
- La Ley Nacional Nº 26.223
- La Ordenanza 065/2008

Y CONSIDERANDO:
Qué el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue creado para fortalecer los proyectos en marcha e impulsar la creación de nuevas iniciativas, recuperando las capacidades y valores que identifican a los emprendedores, permitiéndoles participar en la economía en igualdad de condiciones y así promover la inclusión social a partir de la posibilidad de facturar y de ese modo incorporar nuevos compradores o clientes.

Qué el Efector Social en condiciones de inscribirse en el Registro, es aquella persona que está realizando una única actividad productiva sustentable, y ve dificultada su inserción en la economía por estar en una situación de vulnerabilidad social.

Qué el Efector Social puede facturar a partir de poseer Monotributo Social.

Qué la Secretaría de Políticas Sociales del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación ha solicitado la exención del Impuesto a los Ingresos Brutos a los Efectores Sociales que realicen una actividad económica genuina y enmarcada en el Desarrollo Local y la Economía Social

- Qué el Monotributo Social es una categoría tributaria permanente y su vigencia rige mientras se mantenga la situación de vulnerabilidad social comprobable.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE E LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Incluir en el Artículo 61 – EXENCIONES de la Ordenanza Fiscal de El Hoyo Nº 065/2008 el inciso;
"n. las personas físicas o jurídicas que se encuentren inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social y cuenten con Monotributo Social del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, hasta la fecha de caducidad indicada en la documentación de alta en la categoría de Monotributo Social". -

Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la Sala del Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 05 de Mayo del año de 2009. -