Mensura Marcelo Lutteral y María Pesco
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 078/2000, dictamen legal de fecha 30/03/09; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-
Y CONSIDERANDO:
Qué se ha solicitado la regularización del lote 70, por parte de la Sra. Ariana Lutteral y María Isabel Pescio;
Qué existe un oficio judicial remitido por el juzgado de Ejecución de la ciudad de Esquel, por el que se comunica la Declaratoria de herederos, participación de bienes y aprobación de la misma;
Qué tratándose de un acto judicial los derechos de las partes afectadas (herederos) han sido debatido en el ámbito competente, razón por la cual no pueden oponerse objeciones a dichos actos;
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo dar solución a las situaciones territoriales de los vecinos de nuestra localidad;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Autorizar la mensura del lote 70, de una superficie de 2 has, y adjudicación en venta según establece la Declaratoria de herederos de Marcelo Ricardo Lutteral y María Isabel Pescio DNI Nº 18.110.740, a fin de que las escrituras traslativas de dominio sean expedidas a nombre de cada adjudicatario.
Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 09 de Junio del año 2009. -