HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Boulevar Callejón Paladino

VISTO:
El contrato firmado, para la obra "BOULEVARD CALLEJON PALADINO"; por el Presidente de la Administración de Vialidad Provincial, Ing Patricio Musante y el Señor Mario Miguel Breide, Intendente Municipal de El Hoyo y la Ley de Corporaciones Municipales 3098

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante el contrato firmado entre el Presidente de la Administración de Vialidad Provincial, Ing Patricio Musante y el Intendente de la Localidad Mario Breide, se conviene ejecutar la obra "BOULEVARD CALLEJON PALADINO" por un monto aproximado de $ 4.320.000,00 (Pesos cuatro millones trescientos veinte mil) equivalentes al 100 % del proyecto aprobado por la Unidad Ejecutora Provincial

Qué la ejecución del presente proyecto permitirá mejorar tanto la calidad de vida y como así también condiciones de higiene y seguridad de una vasto sector de la de El Hoyo.

POR ELLO Y:
En una de sus facultades que le son propias:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: RATIFICAR en todos sus términos el contrato celebrado entre Presidente de la Administración de Vialidad Provincial el Sr. Intendente Municipal para la ejecución de la obra "BOULEVARD CALLEJON PALADINO".

Articulo Nº 2: AUTORIZAR a ANEXAR en INGRESOS CORRIENTES, el items 2.71 "AVP - Boulevard Callejón Paladino" por la suma de $ 4.320.000,00 (Pesos cuatro millones trescientos veinte mil). -

Articulo Nº 3: AUTORIZAR a ANEXAR en EGRESOS CORRIENTES, el items 09.09.01.61 "AVP - Boulevard Callejón Paladino" por la suma de $ 4.320.000,00 (Pesos cuatro millones trescientos veinte mil). -

Artículo Nº 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Extraordinaria del día 23 de julio del año 2009. -