Financiamiento de mano de obra 9 viv. sociales
VISTO:
El contrato firmado, para la obra "FINANCIAMIENTO DE MANO DE OBRA PARA 9 VIVIENDAS SOCIALES"; por el Gobernador de la Provincia Mario Das Neves, y el Señor Mario Miguel Breide, Intendente Municipal de El Hoyo y la Ley de Corporaciones Municipales 3098
Y CONSIDERANDO:
Qué mediante el contrato firmado entre el Gobernador Mario Das Nevés y el Intendente de la Localidad Mario Breide, se conviene ejecutar la obra "FINANCIAMIENTO DE MANO DE OBRA PARA 9 VIVIENDAS SOCIALES" por un monto aproximado de $ 60.000 (Pesos sesenta mil) equivalentes al 100 % del proyecto aprobado por la Unidad Ejecutora Provincial
Qué la ejecución del presente proyecto permitirá amortizar parte del importe destinado a la mano de obra de 9 (nueve) soluciones habitacionales para vecinos de la Localidad de El Hoyo.
Qué esta obra beneficiara a vecinos que no pueden llevar a cabo la ejecución de las obra.
POR ELLO Y:
En una de sus facultades que le son propias:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: RATIFICAR en todos sus términos el contrato celebrado entre el Gobernador de la Provincia y el Sr. Intendente Municipal para la ejecución de la obra "FINANCIAMIENTO DE MANO DE OBRA PARA 9 VIVIENDAS SOCIALES".
Articulo Nº 2: AUTORIZAR a ANEXAR en INGRESOS CORRIENTES, el items 2.67 "UEP – Financiamiento M.O. 9 viviendas sociales" por la suma de $ 60.000,00 (Pesos sesenta mil).
Articulo Nº 3: AUTORIZAR a ANEXAR en EGRESOS CORRIENTES, el items 09.09.01.58 "UEP – Financiamiento M.O. 9 viviendas sociales" por la suma de $ 60.000,00 (Pesos sesenta mil).
Artículo Nº 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Extraordinaria del día 23 de julio del año 2009. -