HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Ampliar Ejido El Hoyo

VISTO:
La ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el arroyo llamado corbata es puro y hermoso y que atraviesa de éste a oeste nuestro pueblo hasta desembocar en el río Epuyén;

Qué el arroyo llamado corbata o catarata o hueilacó es el principal proveedor de agua de la localidad;

Qué es uno de los grandes atractivos turísticos de nuestro pueblo;

Qué sostener el recurso y la calidad del agua es vital para la salud de la población y su desarrollo social y económico;

Qué preservar el ambiente es una responsabilidad ineludible de los municipios;

Qué desarrollar el turismo depende de una sólida estrategia, que considere razones ambientales, sociales y económicas;

Qué hay razones hidrográficas e históricas que fundamentan la necesidad de extender y potenciar la reserva natural arroyo corbata y las cuencas de los arroyos que tributan al río Epuyén;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Instruir al DEM a realizar y gestionar todas las acciones necesarias para ampliar la actual reserva Arroyo Corbata, a toda su cuenca y a la de todos los arroyos que nacen en tierras actualmente de jurisdicción provincial y vuelcan sus aguas al río Epuyén, hasta el arroyo El Pedregoso inclusive

Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 11 de Agosto del año 2009. -