Declarar emergencia Habitacional
                
                    VISTO:
          La Problemática Habitacional existente en la localidad; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.- 
Y CONSIDERANDO:
                               Qué en el área de Desarrollo Social de éste Municipio se cuenta con reclamos de la población en relación a necesidades habitacionales;
 Qué se encuentran registradas 140 solicitudes de ciudadanos para que se cubran necesidades de viviendas;
 Qué dicha cifra se incrementa con el tiempo, toda vez que no existe posibilidad de cubrir dicha necesidad por no contar con tierras aptas el Municipio;
 Qué el Derecho a la vivienda de los ciudadanos es una prioridad en las políticas del Estado y en particular de ésta Corporación Municipal;
 
Qué las políticas a desarrollarse deben contar con prioridad y urgencia para cubrir dicha necesidad habitacional;
 
Qué es intención de éste Municipio dar fundamental importancia a dicha problemática, realizando todos los esfuerzos posibles para brindar la solución lo más urgente que se pueda dadas las especiales circunstancias;
 Qué las prioridades políticas a adoptarse para cubrir las necesidades hace entendible declarar la emergencia de la misma por el término de un año;
                                   
POR ELLO Y:                       
                               En uso de las facultades que le son propias
 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD               
                    DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
                                               ORDENANZA
Artículo Nº 1: DECLARAR la EMERGENCIA HABITACIONAL en el Ejido de El Hoyo por el término de un año, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza. 
Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. 
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Especial del día 03 de Octubre del año 2009.