HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Declarar emergencia Habitacional

VISTO:
La Problemática Habitacional existente en la localidad; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué en el área de Desarrollo Social de éste Municipio se cuenta con reclamos de la población en relación a necesidades habitacionales;

Qué se encuentran registradas 140 solicitudes de ciudadanos para que se cubran necesidades de viviendas;

Qué dicha cifra se incrementa con el tiempo, toda vez que no existe posibilidad de cubrir dicha necesidad por no contar con tierras aptas el Municipio;

Qué el Derecho a la vivienda de los ciudadanos es una prioridad en las políticas del Estado y en particular de ésta Corporación Municipal;

Qué las políticas a desarrollarse deben contar con prioridad y urgencia para cubrir dicha necesidad habitacional;

Qué es intención de éste Municipio dar fundamental importancia a dicha problemática, realizando todos los esfuerzos posibles para brindar la solución lo más urgente que se pueda dadas las especiales circunstancias;

Qué las prioridades políticas a adoptarse para cubrir las necesidades hace entendible declarar la emergencia de la misma por el término de un año;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: DECLARAR la EMERGENCIA HABITACIONAL en el Ejido de El Hoyo por el término de un año, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.

Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Especial del día 03 de Octubre del año 2009.