HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Ratificar Tema Magri

VISTO:
La Ordenanza Municipal que declara la emergencia habitacional; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué La emergencia habitacional declarada por Ordenanza;

La urgencia que requiere la adquisición del inmueble denominado catastralmente Ejido 12 Circunscripción 1, Sector 3, Chacra 3, Parcela 12 del Plano de Mensura Número 22539, a los fines de la construcción de viviendas, la posibilidad de trabajo a los vecinos de la zona en dichas obras, la posibilidad que emana en dicha adquisición de incluir obras de infraestructura a los fines de ampliar establecimientos educacionales, los cuales se hacen insuficientes debido al incremento poblacional;

Qué Cia. De MINAS Magri, posee una fracción de tierras, adjudicada en venta y abonada la tierra en su totalidad, constando a la fecha su titularidad dominial a nombre de este Municipio.-

La circunstancia imperante de los trabajadores de Minas Magri que se encuentran en riesgo de perder su fuente laboral, debido a la imposibilidad de la misma de abonar sus haberes, y la posibilidad mediante la presente adquisición de solventar dichas erogaciones por parte de la Cia Magri de estas tierras;

La posibilidad de adquisición de las tierras de la Cia. De Minas Magri S.A por parte de este Municipio posibilitaría, que dicha compañía abone los salarios a sus empleados y este Municipio, pueda obtener las tierras necesarias, para ser destinadas a ejecución de viviendas, establecimientos escolares, y demás infraestructuras, solucionando de este modo en parte, la emergencia habitacional declarada y la problemática social y laboral de los dependientes y/o trabajadores de Cia Minas Magri S.A.-

Qué el Municipio no cuenta a la fecha con tierras de iguales características y superficie a los fines de ejecutar obras de viviendas en este ejido.-

Qué conforme el Art. 85 de la Ley 3098, es facultad del poder ejecutivo comprometer fondos, en la forma y por los montos establecidos por el concejo deliberante. -

Qué a los fines de adquisición de terrenos, el Municipio ha gestionado un anticipo de coparticipación, del cual se han liberado los fondos mediante Decreto 1196/09, el cual en su artículo primero, el mismo tiene como destino especifico la adquisición de terrenos;

Qué asimismo mediante Decreto Numero 1280 se ha recibido subsidio por la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($480.000.-).-

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ratificar en todos sus términos el contrato de reserva suscripto en fecha 17 de septiembre del año 2009. -

Artículo Nº 2: Autorizar al Poder Ejecutivo, a adquirir onerosamente en forma directa del inmueble identificado como Ejido 12 Circunscripción 1Sector 3 Chacra 3 Parcela 12 Plano de mensura Numero 22539, y por la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA ($ 658760.-), los derechos y acciones, correspondientes a Cia. De Minas Magri S.A sobre el inmueble identificado catastralmente como Ejido 12 Circunscripción 1Sector 3 Chacra 3 Parcela 12 Plano de mensura Numero 22539.

Artículo Nº 3: Imputar el gasto a la partida presupuestaria ingreso 2.7 Subsidio provincia del Chubut por a suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($480000.-) Y Numero 2.73 adelanto de coparticipación por la suma de PESOS DOSICNETOS MIL ($200000.-) y partido egresos 9.1.5.5 compra de activo, por la suma de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA MIL ($680.000.-).

Artículo Nº 4: Elévese al Tribunal De Cuentas la presente Ordenanza y documentación respaldatoria a sus efectos. -

Artículo Nº 5: Autorizar al Intendente Municipal, a suscribir, las respectiva escritura ante el escribano designado a tales efectos.
Artículo Nº 6: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Especial del día 03 de Octubre del año 2009. -