HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Adj. en venta Luis Traina

VISTO:
El plano de mensura Nº 24887, expte P878-05, Acta acuerdo de fecha 07 de julio del año 2009; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-


Y CONSIDERANDO:
Qué el plano de mensura Nº 24887 se encuentra visado y registrado por Catastro de la provincia el día 26 de febrero del año 2009;

Qué según ordenanza Municipal Nº 043/03, se autoriza la transferencia de derechos del Sr. Ricardo Vargas a favor del Sr. José Luís Traina y se autoriza a mensurar la misma;

Qué no existen objeciones para adjudicar en venta la fracción de tierra identificada como parcela 2 del lote 108, de éste ejido municipal;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Adjudicar en venta al Sr. José Luís Traina DNI nº 20.838.994, la fracción de tierra identificada como parcela 2 del lote 108 de 7 (siete) hectáreas, 36 (treinta y seis) áreas, 19 (diecinueve) centiáreas, según plano de mensura Nº 24887.-

Artículo Nº 2: Si el adjudicatario en venta y/o titular dominial vendiere y/o cediere total o parcialmente, en forma onerosa o gratuita, la tierra fiscal regularizada dentro del plazo de diez años a contar de la adjudicación en venta, perderá los beneficios, que otorga la presente en cuanto a los descuentos que establece el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH, debiendo reintegrar dicho monto al municipio con más el interés del banco del Chubut SA para descuento de documentos. -

En caso de transmisión mortis causa dentro del plazo de los 10 años no perderá el beneficio otorgado en el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH. -

Artículo Nº 3: Se hace saber al Adjudicatario en venta que ésta ordenanza caducará automáticamente si no diere cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Nº 6, de la Ordenanza Municipal Nº 066/2009. -

Artículo Nº 4: Déjese constancia en oportunidad de otorgarse el título de propiedad lo normado en el artículo 6º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09, inciso c.

Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 06 de octubre del año 2009.