HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

15% en Fraccionamineto

VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 014/2009 HCD MEH; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué se ha trabajo la solicitud de modificar el porcentaje obligatorio a favor de la municipalidad en los predios a subdividir en las zonas habilitadas por la corporación municipal;


POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar el Artículo Nº 17 de la Ordenanza Municipal Nº 014/2009 HCD MEH, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

"En todos los casos será obligatorio ceder a favor de la Municipalidad una superficie equivalente al quince por ciento (15 %), del predio a subdividir. Que será destinado a la Corporación Municipal, sin contar el espacio destinado a calles o vías públicas.
Quedan exceptuadas de ésta obligación las subdivisiones simples"

Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 13 de octubre del año 2009. -