HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Brigadistas $91.260

VISTO:
∙ La Ley 3098/88 de Corporaciones Municipales.-
∙ La Ordenanza 083/2008 y 025/2009.-
∙ EL Expediente 4860 del MIAG.-

Y CONSIDERANDO:
∙ Qué el Ministerio de Industria, Agricultura y Ganadería aportará la suma de PESOS NOVENTA Y UN MIL DOCIENTO SESENTA ($ 91.260,00.-) para el Programa de Baja Temporada de los Brigadistas temporarios del SPMF.

∙ Qué este programa tiene como objetivo la realización de tareas silviculturales de poda, raleo, extracción de especies invasoras, desmalezamiento, obtención de leña, quema, control de quema, apertura y mantenimiento de senderos o picadas, mantenimiento, cuidado y conservación de la flora.

Y POR ELLO:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: INCORPORAR en el Anexo I, INGRESOS, Título "De Jurisdicción Provincial" el rubro: -
-
2.64 Brigadistas S.P Man. Del Fuego (+) $91.260,00.-

Artículo Nº 2: MODIFICAR en el Anexo II, EGRESOS, Título "Contrataciones" el rubro:

09.01.02.04 Brigadistas S.P Man. Del Fuego (+) $91.260,00.-

Artículo Nº 3: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido archívese.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 13 de Octubre del año 2009. -