Regularización B° Arrayanes 
                
                    VISTO: 
             La ley de Corporaciones Municipales Nº 3098/88 y la ordenanza Nº 009/86.
Y CONSIDERANDO:
	                     Qué la reglamentación del Bº Arrayanes de nuestra localidad aprobada por la ordenanza mencionada en Visto, no ha sido cumplida en numerosos casos.
                                  Qué este cuerpo legislativo considera necesario regularizar a la brevedad posible las situaciones planteadas por los mencionados incumplimientos.
POR ELLO Y:	                      
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD 
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Fijase un plazo de 60 (sesenta) días corridos a partir de la promulgación de la presente ordenanza, para que todos aquellos que hayan adquirido un lote en el barrio Arrayanes y se encuentren en situación irregular, respecto al cumplimiento del Reglamento aprobado por la ordenanza Nº 009/86, se presenten en el HCD a fin de regularizar su situación. 
Artículo Nº 2: Aquellos que cumplimenten con lo establecido en el artículo Nº 1 de la presente ordenanza contarán con un plazo de ocho meses para regularizar su situación. -
Artículo Nº 3: Se autoriza al DEM a rescindir las adjudicaciones en venta conforme a lo establecido en el reglamento aprobado mediante ordenanza municipal Nº 009/86 HCD MEH. 
Artículo Nº 4: Si fuere el supuesto de que el adjudicatario en venta contare con título de propiedad y no hubiere cumplido con las obligaciones impuestas en la ordenanza Municipal Nº 009/86 y no regularizare su situación en el plazo que dispone el artículo Nº 1 de la presente, se le aplicará una multa de 300 módulos mensuales a contar desde la fecha de vencimiento del artículo Nº 2, la que podrá ser efectuada judicialmente. -
Si compareciera a regularizar con posterioridad tendrá un plazo de ocho meses para regularizar, plazo durante el cual se suspende la aplicación de la multa. -
Artículo Nº 5: Instruir al DEM a dar amplia difusión de la presente ordenanza Municipal. -
Artículo Nº 6: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. 
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 13 de Noviembre del año 2009. -