HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Ratificar escritura Tema Magri

VISTO:
El compra-venta de fecha 29 de octubre del año 2009; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué en fecha 29 de octubre del año 2009, se ha realizado la compraventa entre la Municipalidad de El Hoyo y la Compañía Minas Magri S.A, escritura Nº MIL NOVENTA Y OCHO Y MIL NOVENTA Y NUEVE, por el inmueble, con todo lo plantado, edificado y adherido al suelo, que se determina como PARCELA 12 del SECTOR 3 de la CIRCUNSCRIPCIÓN 1 de la Localidad de EL HOYO, con la siguiente nomenclatura catastral, ejido 12, circunscripción 1, sector 3, chacra 3, parcela 12; de una superficie de 43.615,53 metros cuadrados;

Qué en los términos de la misma se solicita la ratificación por parte del Honorable Concejo Deliberante;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ratificar en todos sus términos la compraventa entre la Municipalidad de El Hoyo y la Compañía Minas Magri S.A, mediante Escritura Nº MIL NOVENTA Y OCHO Y MIL NOVENTA Y NUEVE de fecha 29 de octubre del año 2009.

Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 03 de Noviembre del año 2009. -