HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Albañileria Solidaria

VISTO:
El Decreto N° 1237/05, Ordenanza Municipal n° 083/08; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué se ha firmado un convenio entre la Subsecretaría de Recuperación y Promoción Social del Empleo y la Municipalidad de El Hoyo, para la Capacitación en Albañilería Solidaria;

Qué es necesario incorporar el fondo establecido para ésta actividad en el presupuesto municipal según ordenanza N° 083/2008;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ratificar en todos sus términos el convenio firmado el día 05 de septiembre del año 2009, entre la Secretaría de Trabajo, representada por la Subsecretaría de Recuperación y Promoción del Empleo y la Municipalidad de El Hoyo, para la "Capacitación en Albañilería Solidaria". -

Artículo Nº 2: Crear el rubro "Capacitación en Albañilería Solidaria", en el presupuesto Municipal, en el anexo I "Ingresos", título de Jurisdicción Provincial.

2.74 Capacitación en Albañilería Solidaria__________________+ $ 76.324,04.-

Artículo Nº 3: Crear el rubro "Capacitación en Albañilería Solidaria", en el presupuesto Municipal, en el anexo II "Egresos" .-

9.5.5 Capacitación en Albañilería Solidaria__________________+ $ 76.324,04.-

Artículo Nº 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 17 de Noviembre del año 2009. -