HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Derogar Ordz. 61/2006

VISTO:
La ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88
La Ordenanza Municipal Nº 061/06.-

Y CONSIDERANDO:
Qué resulta necesario incrementar el monto fijado por el articulo 6to. de la misma y ampliar los casos en que puede exceptuarse la presentación de facturas.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº1: Deróguese la ordenanza municipal Nº 061/06. -

Artículo Nº2: Disponer que podrá documentarse el pago de las contrataciones que efectué la corporación municipal de prestación de servicios y/o obras mediante la emisión de una orden de pago y/o convenio simple municipal, cuando el monto de las mismas no supere la suma de pesos un mil cien ($ 1.100,00) por mes y el contratista no estuviere inscripto ante la AFIP, exceptuando al mismo de la presentación de facturas y/o recibos.

Articulo Nº3: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido archívese. -

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 24 de noviembre del año 2009.