HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Adj. en venta Club el Pedregoso

VISTO:
El plano de mensura Nº 25.400, expte P 384-09; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el plano de mensura Nº 25.400 se encuentra visado y registrado por Catastro de la Provincia del Chubut el día 06 de Octubre del año 2009;

Qué según la Ordenanza Municipal Nº 094/07, se cede a favor del Club Social y Deportivo El Pedregoso, ubicadas en parte del lote 10, fracción 10, Sección JIII, de éste ejido Municipal;

Qué al tratarse de una autorización del año 2007 y cumplimentarse los trámites correspondientes al visado de plano, resulta necesario adjudicar en venta para dar continuidad al trámite solicitado;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Adjudicar en venta al Club Social y Deportivo El Pedregoso Personería Jurídica Nº 2673, la parcela 1 de la chacra 20, de una superficie 3.500,06 m2, según plano de mensura Nº 25.400.-

Artículo Nº 2: Si el adjudicatario en venta y/o titular dominial vendiere y/o cediere total o parcialmente, en forma onerosa o gratuita, la tierra fiscal regularizada dentro del plazo de diez años a contar de la adjudicación en venta, perderá los beneficios, que otorga la presente en cuanto a los descuentos que establece el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH, debiendo reintegrar dicho monto al municipio con más el interés del banco del Chubut SA para descuento de documentos.-

En caso de transmisión mortis causa dentro del plazo de los 10 años no perderá el beneficio otorgado en el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09 HCD MEH.-

Artículo Nº 3: Se hace saber al Adjudicatario en venta que ésta ordenanza caducará automáticamente si no diere cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Nº 6, de la Ordenanza Municipal Nº 066/2009.-

Artículo Nº 4: Déjese constancia en oportunidad de otorgarse el título de propiedad lo normado en el artículo 6º de la Ordenanza Municipal Nº 066/09, inciso c.

Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 15 de diciembre del año 2009. -