HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Derogar Art.13 de la Ordz. 34/ 1989

VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 034/89 y la ley XVI Nº 46.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el artículo Nº 13 de la Ordenanza Municipal Nº 034/89, establece condiciones para los miembros de los poderes Ejecutivos, Legislativos y Judicial, en las adjudicaciones de tierra fiscal;

Qué la ley Provincial XVI Nº 46 rige para los municipios de todo el ámbito Provincial y el artículo Nº 109 de la misma hace referencia a lo mencionado en el considerando antes citado;

Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo regirse por lo normado en la Ley Provincial;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Derogar en todos sus términos el artículo Nº 13 de la Ordenanza Municipal Nº 034/1989 HCD MEH. -

Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 15 de Diciembre del año 2009.