HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Habilitación Kayak

VISTO:
El pedido escrito de un operador turístico de nuestra localidad y el planteo de otros sobre la posibilidad de realizar actividades comerciales, turísticas y deportivas que implican la utilización de kayaks y embarcaciones a remo, Resolución Nº 307/05 Secretaría de Turismo de la Provincia, Ley Provincial Nº 5220; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
La existencia de la Resolución Nº 307 del 26 de septiembre de 2005, expedida por el ORGANISMO PROVINCIAL DE TURISMO de la Provincia del Chubut;

Qué es necesario hacer la incorporación del rubro habilitación de Kayak en la Ordenanza de Habilitaciones Comerciales;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Adherir en todos sus términos a la Resolución Nº 307/05 del Organismo Provincial de Turismo.

Artículo Nº 2: Incorporar en la Ordenanza de Habilitaciones Comerciales el rubro Servicios Turísticos Alternativos, modalidad Kayac y embarcaciones a remo, fijando su valor en $ 150.

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 02 de Enero del año 2008. -