Venta de equipamiento
VISTO:
La necesidad de riego en las calles del casco urbano y callejones turísticos durante la presente temporada estival.
La situación técnica en que se encuentra la cargadora YALE Modelo 1968 existente en el corralón municipal y actualmente en desuso.
Qué la misma no ha sido utilizada al menos en los últimos dos años a partir de la adquisición de un equipo nuevo.
La ley de Corporaciones Municipales 3098
Y CONSIDERANDO:
Qué la reparación de la cargadora mencionada se estima costosa.
Qué el equipamiento en cuestión aún reparado, no resulta apto para la envergadura de la mayoría de las tareas que se llevan a cabo en Obras Publicas.
Qué el mantener el equipo en las condiciones en que se encuentra sólo conlleva la desvalorización del mismo.
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Se dispone el riego en las calles del casco urbano y callejones turísticos en la presente temporada estival.
Artículo Nº 2: Se autoriza al Poder Ejecutivo a comercializar el equipo YALE Modelo 1968, en un valor no inferior a pesos veinte mil (20.000 $).
Artículo Nº 3: El producido se destinará al pago del servicio de riego durante la temporada 2008.
Artículo Nº 4: De existir remanente se destinará a la reparación o mejora de otro equipamiento existente en el Corralón Municipal.
Artículo Nº 5: Dé forma. -
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 16 de Enero del año 2008