HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Modificacion Juntas vecinales

VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 021/97; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué según ordenanza mencionada, en vistos la zona 4, se establece una comisión de vecinos para toda la zona;

Qué se ha conformado una comisión de vecinos en la zona de Puerto Patriada, solicitando el reconocimiento de la misma;

Qué es necesario modificar la Ordenanza mencionada en vistos en la zona 4, dando legalidad a la mencionada comisión de vecinos de Puerto Patriada;

Qué la Junta Vecinal de El Rincón de Lobos, en reunión del día 15/02/08, presta conformidad a las siguientes sub- zonas;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar el Art. 2 de la Ordenanza Municipal Nº 021/97, en la zona 4, la que se subdividirá en dos sub-zonas, a saber:

Sub- zona 1: comprendida desde el puente del río Epuyén hasta el lote 122, punto de referencia acceso a la laguna Los Alerces. -

Sub zona 2: comprendida desde el lote 122, punto de referencia acceso a la laguna Los Alerces, hasta la zona de Puerto Patriada.

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 20 de febrero del año 2008. -