Modificación Ordz. Remises
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 046/05 HCD MEH; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-
Y CONSIDERANDO:
Qué el servicio de remises y taxis, resulta insuficiente para satisfacer la demanda.
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo atender la solicitud de los vecinos, en vías de brindar un mejor servicio;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Modificar el artículo Nº 4 de la Ordenanza municipal Nº 046/05 HCD MEH, el cual quedará redactado de la siguiente manera;
"No se habilitarán nuevas agencias de remises dentro de un radio de doscientos (200) metros a la redonda de otra agencia ya habilitada". -
Artículo Nº 2: Derogar en todos sus términos los artículos Nº 10 y 11 de la Ordenanza Municipal Nº 046/05 HCD MEH.
Artículo Nº 3: Las agencias de remis deberán contar con un mínimo de tres unidades y un máximo de seis. -
Artículo Nº 4: De forma. -
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 12 de Marzo del año 2008. -