HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Eximir impuestos Soldados Malvinas

VISTO:
La solicitud de fecha 13 de febrero de 2008 enviada por la Agrupación de Ex Soldados Conscriptos Combatientes en Malvinas.
La Nota Nº528/08 del 11 de abril de 2008 de la Subsecretaría de Gobierno y Justicia del Ministerio pertinente de la Provincia del Chubut.

Y CONSIDERANDO:
La voluntad de los poderes Ejecutivo y Legislativo del Municipio de El Hoyo de adherirse a iniciativas que beneficien a ex combatientes

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº1: DEROGAR en todos sus términos la Ordenanza Municipal Nº 019/2002 HCD MEH.

Artículo Nº 2: Declarar "CIUDADANO DE HONOR" a todos aquellos Ex Combatientes, soldados conscriptos de Malvinas que demuestren fehacientemente mediante certificado de haber estado en el T.O.M.I.A.S. (Teatro de Operaciones Militares Islas del Atlántico Sur) y que residan en nuestra localidad.

Artículo Nº 3: EXIMASE del pago del Impuesto Inmobiliario y tasas de Servicios Municipales a todos los ex combatientes soldados conscriptos de la Guerra de Malvinas con presentación de credencial válida, que acrediten ser propietarios de un inmueble en el Ejido de El Hoyo destinado a vivienda para sí y su grupo familiar. En caso de ser propietario de más de un inmueble, el beneficio será otorgado solamente sobre el inmueble en que resida en forma habitual demostrado con una declaración jurada.

Artículo Nº4: EXIMASE del pago del Impuesto al Parque Automotor a todos los ex combatientes soldados conscriptos de la Guerra de Malvinas con presentación de credencial válida, que acrediten ser propietarios de un vehículo de uso particular radicado en este Municipio. En caso de ser propietario de más de un vehículo particular, el beneficio será otorgado solamente sobre uno de los vehículos.

Artículo Nº5: EXIMASE del pago del arancel para la obtención de la Licencia de Conducir para vehículos particulares todos los ex combatientes soldados conscriptos de la Guerra de Malvinas con presentación de credencial válida y con domicilio en El Hoyo. -

Artículo Nº6: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese. -

Dada en la Sala del Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 07 de Mayo de 2008.