HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Levantar Medida de No Innovar

VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 039/08 HCD MEH; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué según ordenanza Municipal Nº 039/08 HCDMEH, disponía la prorroga de la medida de no innovar sobre toda tramitación de tierras fiscales y todo fraccionamiento hasta tanto se sancione el nuevo Código de Planeamiento de nuestra Localidad,

Qué el tratamiento el proyecto código de planeamiento ha sido rechazado para el período legislativo del año en curso;

Qué según dictamen de la comisión de tierras, corresponde levantar la medida de no innovar;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Levantar la medida de no innovar establecida en la Ordenanza Municipal Nº 039/08 HCD MEH.

Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 24 de Septiembre del año 2008.