HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Extender plazos viejo Poblador

VISTO:
Ordenanza Municipal Nº 038/06 HCD MEH; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo garantizar el beneficio de la Ordenanza Municipal Nº 038/06 a los antiguos pobladores que no cuentan con superficies que se ajusten a la Ordenanza Municipal Nº 036/85;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar el Artículo Nº 1 de la Ordenanza Municipal Nº 038/06 HCD MEH que quedará redactado de la siguiente manera: -

"La presente norma tendrá vigencia hasta el 31/12/07 y es creada para normalizar la tenencia de tierra de los antiguos pobladores y sus descendientes que demuestran no usar la tierra como bien para comercializar con ella"

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 21 de Febrero del año 2007. -