Adherir al Decreto adelantar Elecciones
VISTO:
La ley provincial Nº 3631, Decreto Provincial Nº 457/07; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-
Y CONSIDERANDO:
Qué mediante el Decreto Provincial Nº 457/07 el Sr. Gobernador de la Provincia convoca para el día 16/09/07 a comicios en el territorio de la Provincia del Chubut para elección de distintas autoridades;
Qué ésta Corporación Municipal no posee carta orgánica;
Qué al no tener un sistema electoral propio, depende de lo dispuesto en el Orden Provincial;
Qué se invita a los municipios a adherir a la presente convocatoria y a delegar las facultades electorales en el Tribunal Electoral Provincial;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: ADHERIR en todos sus términos al Decreto Provincial Nº 457/07. -
Artículo Nº 2: DELEGUESE en la junta Electoral Provincial, las atribuciones del Tribunal Electoral Municipal, tal como lo dispone la Ley Provincial Nº 3631. -
Artículo Nº 3: TENGASE como fecha de convocatoria a elecciones municipales para elegir un Intendente, siete concejales titulares y cuatro concejales suplentes, la establecida para las elecciones por el Poder Ejecutivo Provincial, mediante Decreto Nº 457/07, que se realizará el día 16 de septiembre del año 2007.
Artículo Nº 4: CONFECCIONAR el padrón de extranjeros, para tal fin se notificará al Tribunal Electoral Municipal. -
Artículo Nº 5: Pase al Poder Ejecutivo Municipal para su implementación, dese a publicidad y cumplido archivese.
Artículo Nº 6: De forma. -
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 27 de julio del año 2007.