Mensura 20 x 30 Juan Campisi
VISTO:
La nota recibida N° 008/06, Ordenanza Municipal N° 042/04; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué según nomenclatura catastral ejido 12, circunscripción 4, sector 2, chacra 6 es de pertenencia del Sr. Juan Antonio Campisi;
Qué dicha fracción es de 6 has, 47 a, 11 cas;
Qué mediante nota mencionada en vistos el Sr. Campisi solicita autorización de mensura de una superficie de 20 x 30 mts en la mencionada fracción para ser presentado ante el IPV;
Qué la Ordenanza Municipal N° 042/04 autoriza a mensurar la superficie de 20 x 30 mts para ser presentada en el IPV;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Autorizar al Sr Juan Antonio Campisi DNI N° 14.931.655 a mensurar la superficie de 20 x 30 mts en el ejido 12, circunscripción 4, sector 2, chacra 6 de éste ejido Municipal. -
Artículo N° 2: La mensura es exclusiva para ser presentada ante el Instituto Provincial de la vivienda, no pudiendo el lote ser transferido. -
Artículo N° 3: El propietario se hará cargo del acceso a dicho predio a mensurar bajo su exclusiva responsabilidad. -
Artículo Nº 4: Dé forma. -
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 15 de Febrero del año 2006.