HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Mantenimiento de Caminos Vecinales

VISTO:
La nota recibida Nº 144/06 del Sr. Patricio Graziosi; La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué en reiteradas oportunidades el Sr. Patricio Graziosi se ha dirigido a éste cuerpo deliberativo;

Qué según sus dichos no ha recibido respuestas concretas ni por escrito a sus solicitudes por parte del DEM;

Qué éste cuerpo deliberativo reconoce sus pedidos debidamente fundamentados, meritando una respuesta escrita y/o de hechos prácticos;

Qué éste Municipio está adherido a la ley de Información Pública;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1 : Ordenar al Ejecutivo Municipal la realización del mantenimiento del camino en donde habitan los vecinos Michalik, Graziosi y Lobos. -

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 19 de Abril del año 2006.