Extender vigencia Ordz. Viejo Poblador
VISTO:
La Ordenanza municipal 007/98; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-
Y CONSIDERANDO:
Qué hay familias pertenecientes a los antiguos pobladores que no han regularizado la tenencia de sus tierras a la fecha;
Qué es necesario ampliar el plazo de vigencia de ésta normativa a efectos de regularizar la tenencia de tierra de los viejos pobladores;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Modificar el Artículo 4º de la Ordenanza Municipal Nº 007/98 HCD MEH, que quedará redactado de la siguiente manera:
"La presente norma tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2007 y es creada para normalizar la tenencia de sus tierras a los antiguos pobladores de escasos recursos que demuestren no usar la tierra como un bien para comercializar con ella".
Artículo Nº 2: De forma. -
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 26 de Abril del año 2006. -