HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Adj en venta Alberto Segovia

VISTO:
La nota recibida Nº 159/06, permuta de mejoras, derechos y acciones de fecha 20/02/96, acta de inspección de tierras municipal y bosques de fecha 19/10/83, Acta de Inspección de 13/02/91 y 15/11/01, dictamen legal; La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué en la permuta de mejoras, derechos y acciones mencionada en vistos el Sr. Carlos Ñancufil cede al Sr. Carlos Alberto Segovia una fracción de tierra ubicada en parte del lote 15, Fracción A, Sección JIII, de la zona de Puerto Patriada;

Qué según Acta con fecha 19/10/83 la Dirección de Bosques conjuntamente con las autoridades del IAC expresan los límites de ésta fracción;

Qué según acta de inspección de fecha 13/02/91 el Sr. Carlos Ñancufíl es ocupante de la fracción mencionada;

Qué según acta de inspección de fecha 15/11/01 el Sr. Carlos Alberto Segovia es ocupante de la fracción referida;

Qué según nota mencionada en vistos el Sr. Carlos Alberto Segovia solicita la regularización de ésta fracción;

Qué según dictamen legal no presenta objeciones;

Qué es tierra fiscal municipal;

Qué existe un certificado de ocupación con fecha 10 de abril del 2006 extendido por el Ejecutivo Municipal;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar la permuta de mejoras, derechos y acciones entre los Sres. Carlos Ñancufil LE Nº 7.318.640 y Odila Figueroa LC Nº 4.552.845 y el Sr. Carlos Alberto Segovia LE Nº 8.021.308 de la fracción de tierra ubicada en parte del lote 15, Fracción A, Sección JIII de la zona de Puerto Patriada, de una superficie de aproximadamente 6 hectáreas. -

Artículo Nº 2: Adjudicar en venta la superficie ad-mensura de la fracción de tierra ubicada en parte del lote 15 Fracción A, Sección JIII de la zona de Puerto Patriada al Sr. Carlos Alberto Segovia LE Nº 8.021.308. -

Artículo Nº 3: Cumplida las Ordenanzas vigentes el DEM realizará los pasos tendientes a otorgar el título de propiedad correspondiente. -

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria de día 03 de Mayo del año 2006.