HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Modificación Remises y Taxis

VISTO:
La Ordenanza Nº 021/05, nota recibida Nº 184/06, La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué es necesario ajustar las tarifas de bajada bandera y ficha cada cien metros, debido al incremento que han sufrido los insumos, lubricantes, cubiertas, mano de obra y costo del nivel de vida;

Qué las tarifas deben permitir afrontar los gastos ocasionados por la prestación del servicio de transporte y además un beneficio para el empresario;

Qué las tarifas deben permitir afrontar dicho gasto por los usuarios del mismo sin que afecte la posibilidad de movilidad en la zona;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar el Artículo Nº 8 y 54 de la Ordenanza Municipal Nº 021/05 HCDMEH el cual quedará redactado de la siguiente manera:

• Podrán contar con un reloj taxímetro electrónico, el que determinará la tarifa que abonará el pasajero de la siguiente forma:
1. Bajada de bandera__________$ 1,30
2. Ficha cada cien metros ______$ 0,10
• En caso de no contar con reloj taxímetro electrónico se deberá exhibir a la vista de los pasajeros un tarifario de recorridos verificado por inspectoría municipal y unificado.
Este valor se tomará para las 24 hs, de días hábiles y feriados.

Artículo Nº 2: Se encomienda al DEM Area de Inspectoría a coordinar el servicio nocturno de remises y taxis en el término de 15 días de promulgada la presente Ordenanza, haciendo cumplir el Artículo Nº 51 y 69 de la Ordenanza Municipal Nº 021/05 HCD MEH. -

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 14 de Junio del año 2006. -