HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Adherir a la ley de Seguridad e Higiene

VISTO:
La Ley Nacional Nº 19.587/79, su decreto reglamentario y anexos; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué ésta corporación municipal no posee una reglamentación amplia e integral relacionada a la seguridad e higiene en general de la población en edificios públicos y privados;

Qué a través de la Ley Provincial de Corporaciones Municipales 3098/88 es competencia del HCD entender y reglamentar en relación a la seguridad pública dentro de su ejido municipal;

Qué la ley Nacional nº 19.587/79 y su Decreto Reglamentario Nº 351 y sus anexos cubren ampliamente las exigencias en seguridad requerida, siendo de competencia en el territorio nacional;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Adherir en todos sus términos a la ley Nacional Nº 19.587/79, de Seguridad e Higiene en el trabajo y su Decreto Reglamentario y anexos.

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 21 de Junio del año 2006.