Exceptuar Pago lotes 61 y 62
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 089/2005, croquis de mensura parte lote 31 y lote 30, Dictamen Asesor legal del 10/05/2000; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/98;
Y CONSIDERANDO:
Qué existe una superposición de mensura en parte de los lotes 30 y 31 entre lo asignado mensurado e inscripto en el Registro de la Propiedad pertenecientes al Dominio de la Provincia del Chubut, otras cinco fracciones con ocupaciones reconocidas en nuestra Localidad.
Qué según informe del Asesor Legal de éste Municipio, el lote perteneciente a la Provincia del Chubut, Policía, se halla inscripto bajo la denominación de Fracción 31 c, según plano de mensura efectuado en Expte. F-295-71 por el Agrimensor Roberto Osmar Vila y se hallan inscriptas en el Registro de la Propiedad Inmueble al Tº 346 Fº 61337.
Qué a modo de compensación este municipio plantea la entrega de parte del lote 6 de la Quinta 2 del Parque Industrial a la Policía de la Provincia del Chubut.
Qué la propuesta se consolida por medio de Ord.Nº 089/05 que en su Art.1 desafecta el lote 6 de la Quinta 2 del Régimen del Parque Industrial reglamentado por la Ordenanza Nº 029/95.
Qué en el Artículo 3 de la Ordenanza 089/2005, se Adjudica en venta el lote 6-1
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Exceptuar del pago del valor fiscal de la tierra, a las fracciones 6-1 y 6-2 de la Quinta 2 del Parque Industrial de éste Ejido Municipal.
Artículo Nº 2: De forma. -
Dada en la sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 28 de mes de Junio del año 2006.