Predio Rogel
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 034/89, Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales;
Y CONSIDERANDO:
Qué según acta del IAC de fecha 10 de noviembre del año 1984 el extinto José Loperdo Rogel es ocupante desde el año 1949;
Qué en el expte Municipal nº 18700 existe una inspección realizada por dicho municipio en donde reconocen la ocupación anterior de Loperdo y la actual de María Elena Rogel;
Qué el Artículo 2º del Decreto Provincial nº 527/64 de creación de la Reserva Forestal Cuartel lago Epuyén dispone textualmente que "Excluyese de la mencionada reserva las superficies que no contengan bosques, ocupadas efectivamente por pobladores que hayan efectuado mejoras rurales y contengan haciendas, cuyos derechos estén ejercidos con anterioridad al presente decreto"
Qué según acta 28/10/83 en el párrafo 2º dice: " Que los límites e su ocupación para los cuales se realizó el correspondiente amojonamiento…" y delimita el lote pedido;
Qué María Elena Rogel Posee un certificado de ocupación;
Qué existe la Ordenanza 50/93 en donde se reconoce al Sr. José Rogel, como pacifico ocupante y se le autoriza la mensura del predio;
Qué el Sr. José Loperdo Rogel ha fallecido;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Autorizar al DEM a mensurar el predio ocupado actualmente por la Sra. María Elena Rogel de acuerdo al certificado de ocupación con fecha Abril del 2003 realizada por el DEM el al año 1995 y el Acta del IAC en donde se delimita folio 1 del Expte Nº 18700.
Artículo Nº 2: De forma. -
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 28 de Junio del año 2006. -