Nombre callejón Pedro Pascual Ponce
VISTO:
La nota recibida Nº 358/06; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-
Y CONSIDERANDO:
Qué existe la necesidad de Declarar Callejón Municipal un camino existente;
Qué hay una propuesta de los vecinos del sector de denominar a dicho callejón con el nombre de Pedro Pascual Ponce;
Qué éste mencionado Pionero fue el que donó las tierras para la apertura del mencionado callejón en toda su extensión;
Qué ésta donación de tierras fue posteriormente ratificada por sus hijas Elsa Elfrida Ponce de Kovacs y Alicia Edith Ponce de Batiuk.-
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo atender ésta solicitud en homenaje a éste antiguo poblador;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Declarar Callejón Municipal el trayecto que va desde la ruta Nº 40 (Ex 258) pasando frente a las propiedades de las familias Magri, Ponce y Kovacs en toda su extensión.
Artículo Nº 2: Designar al mencionado Callejón con el nombre de "Pedro Pascual Ponce". -
Artículo Nº 3: De forma. -
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 20 de Septiembre del año 2006. -