HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Trasferir Lotes Salud

VISTO:
El Convenio del 5/06/01, La Ordenanza 025/2000, la Ordenanza 032/01, Ordenanza Nº 037/01 Conexiones Domiciliarias de Gas; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el convenio firmado entre el Sr. Intendente Municipal Don Santiago Cardenas y los Sres. Rolando Pablo Huisman y Alan Andrés Huisman, en su Artículo Segundo establece que abonan a éste ;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Autorizar al DEM a transferir los lotes 11 y 12 de la chacra 2, lote 26, manzana 23 de éste Ejido Municipal, al Ministerio de Salud para la implantación de la construcción de viviendas de Salud.

Artículo Nº 2: Establecer la devolución de los lotes mencionados de no concretarse la construcción de las viviendas. -

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 20 de Septiembre del año 2006. -