HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Mensura 20 x 30 Gladys Lobos

VISTO:
La nota con fecha 22 de febrero del año 2005, Ordenanza Municipal N° 042/04 ; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué la Sra. Gladis Leonor Lobos solicita autorización para mensurar 20 x 30 mts en el lote N° 71 f de éste ejido Municipal;

Qué la Ordenanza Municipal n° 042/04 especifica que la autorización de mensura es exclusivo para la vivienda social rural;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Autorizar a la sra. Gladis Leonor Lobos DNI N° 12.592.877 a mensurar la superficie de 20 x 30 mts en el lote N° 71 F3 de éste ejido Municipal.

Artículo N° 2: La mensura es exclusiva para ser presentada ante el IPV para la solicitud de la vivienda social rural.

Artículo Nº 3: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 09 de marzo del año 2005.